innovación para el desarrollo equitativo
ACTA CONSTITUTIVA DE IDEQ _____________________________ S.C. DE R.L. DE C.V.
En la Ciudad de___________, siendo las ______ horas del día __ de ____ del año ________ y con fundamento en los artículos inherentes de la Ley General de Sociedades Cooperativas, se reunieron en calidad de Socias Fundadoras de esta figura jurídica, las personas que en esta Acta se mencionan con el propósito de constituirse en una Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada y Capital Variable. Las comparecientes, mexicanas por nacimiento o naturalización; con capacidad legal para obligarse y contratar, quienes con relación en el pago del Impuesto Sobre la Renta manifestaron estar al corriente en el mismo, sin haberlo comprobado.............................................................................................................. PROPÓSITO DE LA ASAMBLEA..- La presente asamblea tiene por finalidad que las personas aquí reunidas expresemos libremente nuestra voluntad de agruparnos para formar una Sociedad Cooperativa de Producción denominada:, S.C. DE R.L. DE C.V. y para tal efecto se propone la siguiente:.................................................................................................... ORDEN DEL DIA...................................................................................................................... 1- Pasar Lista Asistencia; 2- Nombrar Presidenta de la Presente Asamblea, Secretaria y Escrutadoras de la sesión; 3- Expresión de la Voluntad de Asociarse en Cooperativa, Toma de Votación y Conteo de Votos; 4- Nombramiento del Consejo de Administración; 5- Nombramiento del Consejo de Vigilancia; 6- Propuesta, Discusión y Aprobación de las Bases Constitutivas, y 7- Clausura de la Sesión............................................................................... DESARROLLO DE LA ASAMBLEA. Se procedió a pasar asistencia, apreciándose en total ____ personas, se nombró por unanimidad con ____ votos, como Presidenta de la sesión a la C. ___________________________________, como Secretaria a la C. ________________________________________ y se designó como escrutadora a la C. ____________________________________; se sometió a consideración de los ahí presentes, la conveniencia de agruparse para formar una Sociedad Cooperativa de Producción, lo cual se puso a votación y se aprobó por unanimidad.......................................... NOMBRAMIENTO DE DIRIGENTES. Se decidió integrar el primer Consejo de Administración de la Cooperativa con socias representantes de los Talleres Productivos participantes. Se propuso para Presidenta del Consejo de Administración a la C.________________________________ __________________ ;para Secretaria a la C. ___________________________ _______________________; para Vocal Tesorera a la C.________________; para Primera Vocal del Consejo de Administración a la C. ___________________________ para Segunda Vocal del Consejo de Administración a la C._____________________________________ para Tercera Vocal del Consejo de Administración a la C._____________________________________ para Presidenta del Consejo de Vigilancia a la C. ___________________________________;para Primera Vocal del Consejo de Vigilancia a la C. _______________________________________; para Segunda Vocal del Consejo de Vigilancia a la C. _________________________________; para Tercera Vocal del Consejo de Vigilancia a la C. ______________________________________; para Cuarta Vocal del Consejo de Vigilancia a la C. ______________________________________ ……………………………………. TOMA DE PROTESTA.- La Presidenta de la sesión, preguntó a las compañeras electas si es su voluntad desempeñar los cargos para los que fueron propuestos, si están, en disposición, de cumplir con los principios cooperativos; con la Ley General de Sociedades Cooperativas y con las bases constitutivas que regirán a esta agrupación. Aceptados los cargos y ante la Asamblea General, se tomo la protesta a las personas mencionadas, quedando así legalmente nombradas…………………………………………………………………………………. PROPUESTA DE BASES CONSTITUTIVAS... Continuando con el Orden del Día, se propusieron las siguientes Bases Constitutivas.......................................................................... . CAPITULO I.- DE LA DENOMINACIÓN, DOMICILIO, DURACIÓN Y OBJETO DE LA SOCIEDAD...................………………………………………………………………………………... CLÁUSULA 1 - La Sociedad se denominará: IDEQ-CDMX, Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable o su abreviatura S. C. de R. L. de C.V., será de nacionalidad mexicana; obtuvo su Permiso de la Secretaría de Relaciones Exteriores el día ____ de _____del año ________, bajo el Permiso ___________________Expediente_________________(____________________ ____________________________),Folio_________________________________________ (__________________________)..........................................……………………………….........CLÁUSULA 2 - El domicilio de la Sociedad, para todos los efectos legales, se fijará en _________________________________________ Distrito Federal de los Estados Unidos Mexicanos, y sin perjuicio de establecer sucursales en cualquier parte del País o del Extranjero...................................................................................……………………………......... CLÁUSULA 3 - La duración de la sociedad cooperativa será indefinida y el ejercicio social será de un año, contando del 1o de enero al 31 de diciembre. El primer ejercicio social comprenderá desde la fecha de registro de la Cooperativa hasta el 31 de diciembre próximo. Se llevará un libro de actas de Asambleas Generales de Socias y los libros contables que determinen las Leyes Fiscales.........................................................……………………………… CLÁUSULA 4 - El objeto de la Sociedad será: Elaborar, distribuir y comercializar productos de todo tipo, en particular artesanía y piezas de arte popular, exportar e importar, la compra, venta, transporte y almacenamiento de maquinaria, equipo, infraestructura, insumos, subproductos, etc., necesarios para la operación de la sociedad.; girar, endosar, aceptar, avalar y/o emitir títulos de crédito que suscriban sus socias para la realización de toda clase de operaciones, actos y contratos, ya sean civiles o mercantiles, convenientes al desarrollo del objeto social: generar, administrar y prestar a las socias servicios cooperativos de alimentación, vestido, salud, educación y vivienda: gestionar, contratar y constituir servicios y cursos de capacitación que se requieran para incrementar la capacidad de competencia de la actividad productiva; desarrollar programas de becas educacionales para las socias, sus hijos e integrantes de la comunidad y constituir y administrar los Fondos Sociales que permitan financiar las acciones relacionadas con el objeto de la sociedad, recibir y administrar donaciones y financiamientos de personas físicas o morales nacionales o del exterior y hacer frente a imprevistos de orden económico y cualquier actividad lícita relacionada con el objeto social de la Cooperativa.................................................................... CLÁUSULA 5 - La sociedad adopta el régimen de Responsabilidad Limitada de Capital Variable ........................................................................................................................ CLÁUSULA 6 - En el curso de las presentes Bases Constitutivas se usarán convencionalmente los siguientes términos: "La Cooperativa" por _IDEQ-CDMX, Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable. "La Ley", por la Ley General de Sociedades Cooperativas. Cuando se mencione la palabra socias, se estará incluyendo también a los varones y en general cuando se utilicen términos en femenino se estará incluyendo igualmente al género masculino...................................................................... CAPITULO II.- DE LAS SOCIAS…………………..............................................................… CLÁUSULA 7 - Para ser socia de la Cooperativa se requiere: Ser mexicana por nacimiento o naturalización, haber cumplido 18 años o más, suscribir, por lo menos; un Certificado de Aportación y cumplir, en todas sus partes, con lo dispuesto en estas bases: presentar acta de nacimiento y estar domiciliada en la República Mexicana.......................................................... CLÁUSULA 8 - Son deberes y derechos de las socias:............................................................. Contribuir con su actividad individual de producción, cuando así le convenga, al objeto de la Cooperativa y utilizar, cuando estime conveniente, los servicios que brinda la Cooperativa como miembro de la sociedad.................................................................................................... Concurrir a las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias y ejercitar en ellas el derecho de voz y de voto............................................................................................................. Tener un solo voto, sea cual fuere el número de Certificados de Aportación que hubiere suscrito.......................................... ............................................................................................. Participar de los ingresos a que tengan derecho en proporción al trabajo realizado...................................................................................................................................... Desempeñar los cargos, puestos y comisiones que les encomienden la Asamblea General o los Consejos. Un socia no podrá ocupar simultáneamente dos o más cargos de elección en los Consejos y Comisiones.......................................................................................................... Solicitar y obtener del Consejo de Administración y del Consejo de Vigilancia, toda clase de informes respecto a las actividades y operaciones de la Cooperativa…………………... Mantener gran solidaridad con los miembros de la Cooperativa para conservar la unidad y la ayuda mutua que se reconocen como indispensables para el buen éxito del objeto social Cuidar de la conservación de los bienes de la Cooperativa ..................................................... Cumplir con todos y cada uno de los compromisos productivos que asuma, en términos de calidad y tiempo de entrega......................................................................................................... Cumplir con las demás disposiciones contenidas en la Ley General de Sociedades Cooperativas, las presentes bases y los Reglamentos Interiores que ponga en vigor la Cooperativa, así como con los acuerdos de la Asamblea General............................................. CLÁUSULA 9 - La calidad de socia se perderá por las siguientes causas:………………………………………………………………..………………………………… Por muerte;...............................................................................…………………………….……… Por separación voluntaria;........................................................................................................... Por exclusión,.......................................................................... Por incapacidad física o impedimento legal para desempeñar el trabajo que le corresponda como socia de la Cooperativa............................................................................................................................... CLÁUSULA 10 - Son causas de exclusión de un miembro de la Cooperativa, según lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley:.............................................................................. Incumplir con los deberes y derechos a que hace referencia la Cláusula 9;............................... Por incumplimiento de sus compromisos de trabajo en la sociedad;......................................... Por la falta de cumplimiento en forma reiterada a cualquiera de sus obligaciones establecidas en las bases constitutivas, sin causa justificada.......................................................................... Por infringir en forma reiterada las disposiciones de la Ley, estas bases, los reglamentos que expida la Cooperativa, las resoluciones de la Asamblea General o los acuerdos del Consejo de Administración y el Consejo de Vigilancia............ Por ser condenada por una pena privativa de la libertad por alguna actividad ilícita y/ o delito............................................... CLÁUSULA 11 - Para exclusión de socias deberá procederse en los términos del citado artículo 38 de la Ley, a cuyo efecto el socia deberá ser notificado en forma personal, explicando los motivos y fundamentos de esta determinación, concediéndole el término de veinte días naturales para que manifieste por escrito lo que a su derecho convenga ante el Consejo de Administración y el Consejo de Vigilancia………..................................................... CLÁUSULA 12 - En el caso de fallecimiento de un socia, la persona que se haga cargo total o parcialmente de quienes dependían de él económicamente, tendrá derecho a formar parte de la Sociedad, asumiendo los deberes y derechos correspondientes y siempre que reúna los requisitos establecidos en la Cláusula 7 de estas Bases; de lo contrario, tendrá derecho a recibir el importe de la liquidación correspondiente, en caso de ser procedente........................ CLÁUSULA 13 - Las socias podrán separarse voluntariamente de la Cooperativa presentando por escrito su renuncia al Consejo de Vigilancia, el cual resolverá provisionalmente sobre ella y la presentará a la consideración de la Asamblea. Si la Asamblea considera procedente la renuncia y la aprueba, ésta resolución tendrá efectos de separación voluntaria del miembro y cesación de su responsabilidad para las operaciones que se realicen con posterioridad a la fecha de presentación del escrito de renuncia......... CLÁUSULA 14 - Cuando se tenga que devolver a las socias, a sus beneficiarios, herederos, o representantes legales las cantidades correspondientes a Certificados de Aportación suscritos y, en su caso, la parte proporcional de los rendimientos repartibles a que tuvieran derecho hasta la fecha en que dejen de pertenecer a la Sociedad, la devolución se hará descontando de su importe los adeudos y responsabilidades que el socia tuviere para con la Cooperativa................................................................................................................................ CLÁUSULA 15 - Al efectuarse la devolución del importe de los Certificados de Aportación se recogerán los documentos para su cancelación, haciéndose la anotación correspondiente en el libro de aportaciones y además se levantará un acta especial de liquidación que firmará, el Consejo de Administración y el Consejo de Vigilancia, el interesado, sus beneficiarios, herederos o representantes legales y dos testigos, en la que deberán constar los números de los Certificados de Aportación cancelados................................................................................. . CLÁUSULA 16 - El socia que faltare injustificadamente a una Asamblea General incurrirá en una multa equivalente a un día de salario mínimo del Distrito Federal o la que establezca la Asamblea General................................................................................................................... CAPITULO III.- DEL RÉGIMEN ECONÓMICO.......................................................................... CLÁUSULA 17 - El patrimonio de la Cooperativa será variable e ilimitado y estará representado por: ……………….................................................................................................. Las aportaciones de las socias;................................................................................................... Los donativos, subsidios, herencias y legados que recibe la Cooperativa, los cuales no serán repartibles en caso de liquidación, ............................................................................................. Los porcentajes de los rendimientos que se destinen para incrementar los fondos sociales........................................................................................................................................ Los bienes adquiridos.................................................................................................................. Los diseños e innovaciones tecnológicas desarrollados por la Sociedad Cooperativa............... Las donaciones que reciba de terceros....................................................................................... CLÁUSULA 18 - Los Certificados de Aportación tendrán un valor de $ 100.00 (cien pesos 00/100 Moneda Nacional) cada uno y podrán ser pagados en efectivo, derechos, bienes o trabajo, a juicio de la Asamblea General..................................................................................... CLÁUSULA 19 - La Sociedad Cooperativa podrá emitir certificados excedentes, de suscripción voluntaria, los cuales generarán el interés que fije el Consejo de Administración y el Consejo de Vigilancia de acuerdo a las posibilidades económicas de la Cooperativa, tomando como referencia las tasas que fijasen los bancos a plazo fijo.................................. CLÁUSULA 20 - En los términos del artículo 63 de la Ley, La Cooperativa podrá emitir Certificados de Aportación para capital de riesgo por tiempo determinado, para lo cual la suscriptora deberá cubrir el importe de su inscripción y exhibir por lo menos el diez por ciento del valor de los Certificados de Aportación que hubiere suscrito y cubrir el saldo, en un plazo no mayor de doce meses a partir de la fecha de su ingreso. En el caso de que una socia no hubiere cubierto íntegramente el valor de los certificados de su aportación suscritos, dentro del plazo señalado en el párrafo anterior, y con las condiciones establecidas en la cláusula anterior, quedará excluido de la Sociedad.................................................................................. CLÁUSULA 21 - Las aportaciones podrán hacerse en efectivo, bienes, derechos o trabajo y estarán representadas por certificados que serán nominativos, indivisibles y de igual valor, los cuales deberán actualizarse anualmente. Se expedirán al quedar íntegramente pagado su importe y solamente podrán transferirse de acuerdo con las condiciones previstas en la Ley y estas Bases, esto es, que la cedente sea titular de más de un certificado y que la cesionaria tenga el carácter de socia.......................................................................................... CLÁUSULA 22 - La valorización de las aportaciones que no sean en efectivo se hará en el momento de ingresar la socia, por acuerdo entre ésta y el Consejo de Administración y el Consejo de Vigilancia, sujeto a la aprobación de la Asamblea General, en su momento CLÁUSULA 23 - En caso de retiro de la socia se hará la devolución del valor de su Certificado de Aportación, la cual se hará al finalizar el ejercicio social y después de practicar el Balance General de la Cooperativa, salvo el caso de que la Asamblea General acuerde que se haga la devolución inmediata y las condiciones económicas de la Cooperativa lo permitan...................................................................................................................................... CLÁUSULA 24 - Cuando la Asamblea General decida aumentar el patrimonio de la Cooperativa, todas las socias quedarán obligadas a suscribir el aumento en la forma y términos que acuerde la propia Asamblea General, y cuando ésta determine reducir el capital que se juzgue excedente, se hará la devolución a las socias que posean mayor número de certificados de aportación, o a prorrata, si todos son poseedores de un número igual de certificados.................................................................................................................................. CAPITULO IV.- DE LOS FONDOS SOCIALES .... CLÁUSULA 25 - Los Fondos Sociales de la Cooperativa serán:............................................................................................................... El Fondo de Reserva;.................................................................................................................. El Fondo de Previsión Social;...................................................................................................... El Fondo de Educación Cooperativa;........................................................................................ El Fondo Revolvente de Capital de Trabajo ............................................................................... El Fondo de Competitividad y Desarrollo.................................................................................... CLÁUSULA 26 - De conformidad con lo dispuesto por el artículo 54 de la Ley, el Fondo de Reserva se constituirá con el diez por ciento de los rendimientos correspondientes a cada ejercicio social, hasta que represente el veinte por ciento del capital social y será restituido en la misma forma cuando por cualquier causa disminuya................................................... Este fondo podrá ser afectado cuando lo requiera la Cooperativa para afrontar pérdidas o restituir el capital de trabajo debiendo ser reintegrado al final del ejercicio social, con cargo a los rendimientos........................................................................................................................... El Fondo de Reserva será manejado por el Consejo de Administración con la aprobación del Consejo de Vigilancia y podrá disponer de él, para los fines que se consignan en el párrafo anterior........................................................................................................................................ CLÁUSULA 27 - De acuerdo con lo dispuesto por los artículos 57 y 58 de la Ley, el Fondo de Previsión Social será ilimitado, deberá destinarse a reservas para cubrir los riesgos y enfermedades profesionales y formar fondos de pensiones y haberes de retiro de socias, primas de antigüedad y para fines diversos que cubrirán: gastos médicos y de funeral, subsidios por incapacidad, becas educacionales para las socias, sus hijos o integrantes de la comunidad, guarderías infantiles, actividades culturales y deportivas y otras prestaciones de previsión social de naturaleza análoga. Al inicio de cada ejercicio la Asamblea General fijará los términos, condiciones y prioridades para la integración y aplicación de este fondo de conformidad con las perspectivas económicas de la cooperativa………………………………. CLÁUSULA 28 - El Fondo de Educación Cooperativa será constituido por el porcentaje que acuerde la Asamblea General, pero en todo caso dicho porcentaje no será inferior al uno por ciento de los ingresos netos........................................................................................................ CLÁUSULA 29 - El Fondo de Educación Cooperativa se destinará a cubrir el costo de los programas en materia de Educación Cooperativa que establezca la Cooperativa o los que en coordinación con otras Cooperativas o entidades de promoción cooperativa se realicen para capacitar a las socias como cooperativistas y a quienes se haya encomendado la administración de la Cooperativa, para el mejor desempeño de sus funciones.......................... CLÁUSULA 30 - La Cooperativa manejará sus Fondos a través de la Institución Bancaria que le preste mejores servicios, y los cheques que expida llevarán las firmas autorizadas que serán registradas en la institución bancaria respectiva............................................................... CAPITULO V.- DEL FUNCIONAMIENTO Y DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COOPERATIVA......................................................................................................................... CLÁUSULA 31 - La dirección, administración y vigilancia interna de la Cooperativa estará a cargo de: La Asamblea General, El Consejo de Administración, el Consejo de Vigilancia y las demás comisiones o comités que acuerde la Asamblea General............................................... CLÁUSULA 32 - La Asamblea General es la autoridad suprema, y sus acuerdos obligan a todos las socias, presentes, ausentes y disidentes, siempre que se hubieren tomado conforme a lo que establece la Ley y estas bases...................................................................... CLÁUSULA 33 - En el cumplimiento de lo ordenado en el artículo 36 de la Ley, la Asamblea General resolverá sobre todos los negocios y problemas de importancia para la Cooperativa y establecerá las reglas generales que deben normar el funcionamiento social, y además, deberá conocer de:...................................................................................................................... La aceptación, exclusión y separación voluntaria de socias....................................................... La modificación de las bases constitutivas.................................................................................. La aprobación de sistemas y planes de aportaciones y préstamos............................................ El aumento o disminución del patrimonio y capital social............................................................ El nombramiento y remoción, con motivo justificado, de las integrantes del Consejo de Administración y del Consejo de Vigilancia................................................................................ El examen del sistema contable.................................................................................................. informes del Consejo de Administración y del Consejo de Vigilancia y de las mayorías calificadas para los acuerdos que se tomen para otros asuntos................................................. La responsabilidad del Consejo de Administración y del Consejo de Vigilancia para el efecto de pedir la aplicación de las sanciones en que incurran, o efectuar la denuncia o querella correspondiente.......................................................................................................................... La aplicación de sanciones disciplinarias a socias...................................................................... El reparto de rendimientos, de las Aportaciones al valor actual y............................................... .La aprobación de las medidas de tipo ecológico que se propongan.......................................... . La encomienda de la administración operativa y de ciertas funciones y tareas de gestión empresarial de la Sociedad Cooperativa a una Unidad Interdisciplinaria de Servicios Empresariales que en su oportunidad se convertirá en Sociedad Cooperativa de Gestión Empresarial, de conformidad con la Metodología IDEQ........................................................ Los acuerdos siempre se tomarán por mayoría de votos en la Asamblea General CLÁUSULA 34 - De conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley, la Cooperativa puede adoptar el sistema de voto por carta poder, otorgada ante dos testigos, debiendo en tal caso la representación, en un coasociado, sin que éste pueda representar a más de dos socias.......................................................................................................................................... Cuando los miembros pasen de quinientos o residan en localidades distintas a aquella en que deba celebrarse la asamblea, ésta podrá efectuarse con las Representantes de Talleres Productivos, elegidas por cada una de las productoras integrantes de cada Taller. Las Representantes deberán designarse para cada asamblea y llevarán mandato expreso por escrito sobre los distintos asuntos que contenga la convocatoria y teniendo tantos votos como socias representen............................................................................................................. CLÁUSULA 35 - Las Asambleas Generales serán ordinarias y extraordinarias. Las ordinarias se celebrarán una vez al año en el mes de marzo de cada año y las extraordinarias a pedimento de la Asamblea General, del Consejo de Administración y del Consejo de Vigilancia o del veinte por ciento del total de las socias...................................................... CLÁUSULA 36 - Las Asambleas Generales ordinarias o extraordinarias, deberán ser convocadas en los términos de la cláusula inmediata anterior, con por lo menos siete días naturales de anticipo. La convocatoria deberá ser exhibida en un lugar visible del domicilio social de la Cooperativa, misma que deberá contener la respectiva orden del día; también podrá ser difundida por otros medios. Si no asistiera el suficiente número de socias en la primera convocatoria, es decir el 50% más uno, se convocará por segunda vez, con por lo menos cinco días naturales de anticipación en los mismos términos y podrá celebrarse en este caso con el número de socias que concurran, siendo válidos los acuerdos que se tomen, siempre y cuando estén apegados a la Ley……………….……………………………….. CLÁUSULA 37 – Las productoras se agruparán en Talleres Productivos y designarán en cada caso a una Representante, que en los primeros tres años de operación deberán ser mujeres. Las Representantes de los Talleres Productivos elegirán entre ellas mismas las cinco integrantes del Consejo de Administración y las cinco integrantes del Consejo de Vigilancia. La elección se realizará por votación mayoritaria la primera vez al azar las ocasiones subsecuentes. El Consejo de Administración estará integrado por una Presidenta, una Secretaria, una Vocal Tesorera y tres vocales mas, en tanto que el Consejo de Vigilancia se integrará por una Presidenta y cuatro vocales. Ajustándose a la que define La Metodología IDEQ, las integrantes del Consejo de Administración permanecerán en el cargo por un período de entre seis meses y un año, según lo determine la Asamblea, después del cual serán sustituidas por otras Representantes de los Talleres Productivos que serán elegidas al azar, y únicamente podrán ocupar nuevamente este puesto cuando todas las demás Representantes hayan participado ya como integrantes del Consejo de Administración o del Consejo de Vigilancia………………………………………………………….. CLÁUSULA 38 - Los miembros del Consejo de Administración y del Consejo de Vigilancia no tendrán suplentes, sus faltas temporales y justificadas serán suplidas por los demás integrantes. Las faltas temporales injustificadas serán suplidas en el orden progresivo de las designaciones. Si las faltas injustificadas se repiten en dos ocasiones, serán sustituidos por la Asamblea General, con similar procedimiento……………………………………...……………. CLÁUSULA 39 - Para ser Presidenta del Consejo de Administración o Presidenta del Consejo de Vigilancia, se requiere:............................................................................................. Saber leer y escribir..................................................................................................................... Suscribir por lo menos, un certificado de aportación................................................................... No desempeñar cargo público..................................................................................................... no percibir ingresos regulares procedentes de entidades e instituciones del sector público, en cualquiera de sus instancias………………..………………………………………….……………… No desempeñar cargos formales en ninguno de los partidos políticos ………………………… No tener antecedentes penales, observar buena conducta y en su caso, haber cumplido satisfactoriamente las comisiones que le hubiere conferido la Sociedad.................................... CLÁUSULA 40 – El Consejo de Administración y el Consejo de Vigilancia serán los órganos ejecutivos de la Asamblea General y tendrán la representación de la Cooperativa y la firma social, pudiendo designar de entre las socias o personas no asociadas una o más gerentes con la facultad de representación que se les asigne, así como una o más comisionadas que se encarguen de administrar las secciones especiales. En particular, el Consejo de Administración podrá encomendar la administración operativa de la Sociedad Cooperativa, a través de un contrato de alianza estratégica de división del trabajo, a la Unidad Interdisciplinaria de Servicios Empresariales, que más tarde se convertirá en Sociedad Cooperativa de Gestión Empresarial, la cual integrará conjuntamente con la Sociedad Cooperativa de Producción, el Complejo Productivo Binacional del Proyecto IDEQ-DF que habrá de funcionar conforme a la Metodología IDEQ................................................................. CLÁUSULA 41 - El Consejo de Administración tendrá las más amplias facultades para administrar las operaciones y los bienes de la Sociedad y celebrar toda clase de actos, operaciones y contratos relacionados con el objeto social, con todas las facultades de un apoderado general para la administración de bienes, sin incluirse actos de dominio que serán facultad exclusiva de la Asamblea, y para toda clase de asuntos judiciales, comprendiendo pleitos y cobranzas, con todas las facultades generales y las especiales que requieran cláusula especial conforme a la Ley, en los términos del artículo 2554 del Código Civil para el Distrito Federal y sus homólogos de los Códigos Civiles de los Estados de la República. Consejo de Administración y el Consejo de Vigilancia para los efectos de esta Cláusula podrán facultar a un solo apoderado legal.................................................................................. De una manera enunciativa, no limitativa, el Consejo de Administración y el Consejo de Vigilancia tendrán las siguientes facultades y atribuciones:........................................................ Del Consejo de Administración:................................................................................................... Representar a la Sociedad ante particulares y ante toda clase de autoridades judiciales, legislativas o administrativas, así como árbitros y organismos descentralizados....................... Promover, dar seguimiento y/o desistirse de toda clase de instancias, juicios y querellas y otorgar perdón en nombre de la Cooperativa, además de constituirse en coadyuvante del Ministerio Público......................................................................................................................... Articular y absolver posiciones.................................................................................................... Nombrar y remover a los gerentes y comisionados, fijándoles sus atribuciones, obligaciones................................................................................................................................ Conferir y revocar poderes generales y especiales………………….…....................................... Aceptar renuncias de gerentes, comisionados y apoderados... Hacer y recibir pagos........................................................................................................................................... Aceptar, otorgar, girar emitir, endosar, avalar y en general, efectuar cualquier otro acto relacionado con los derechos y obligaciones que se deriven de toda clase de títulos, documentos y operaciones de crédito......................................................................................... Convocar a asambleas de socias, ejecutar los acuerdos de ésta, determinar los asuntos que haya necesidad de tratar en dichas asambleas y hacer que se incluyan los puntos que considere pertinentes en el orden del día de las asambleas que no fueren convocadas por su iniciativa....................................................................................................................................... Subcontratar servicios empresariales con la Unidad Interdisciplinaria de Servicios Empresariales y más tardes con la Sociedad Cooperativa de Gestión Empresarial que participe en el Proyecto IDEQ-DF, a través de un Contrato de Alianza Estratégica y Prestación de Servicios que deberá ajustarse a los indicado en la Metodología IDEQ y ser previamente autorizado por la Asamblea, y en general, las demás que le correspondan de conformidad con estas bases y con la Ley y que no estuvieren reservadas a la Asamblea General de Socias.................................................................................... Del Consejo de Vigilancia:................................................... Vigilar que todas las acciones y operaciones realizadas por el Consejo de Administración se apeguen efectivamente a lo que ha sido oportunamente autorizado por la Asamblea……... Convocar a la Asamblea cuando a su juicio se presenten dudas de interpretación de los acuerdos y autorizaciones adoptados que deban ser aclaradas…………………………….. CLÁUSULA 42.- El Consejo de Administración faculta como apoderado legal a su Presidenta para realizar a nombre de la Sociedad Cooperativa todos los trámites de registro y declaración ante las autoridades competentes, en especial ante el Sistema de Administración Tributaria............................ CLÁUSULA 43 - El Consejo de Administración y el Consejo de Vigilancia, tendrán por lo menos una reunión al mes.......................................................................................................... CLÁUSULA 44 - La separación voluntaria del Consejo de Administración del cargo que desempeña por parte de uno de sus integrantes; deberá de ser sometida a la consideración de la Asamblea General dentro de un plazo no mayor de 30 días, contado a partir de la fecha de presentación de su solicitud. En caso de ser aceptada, se designará una sustituta, conforme al procedimiento adoptado para tal propósito............................................................. CLÁUSULA 45 - En el caso de fallecimiento de una integrante del Consejo de Administración, deberá convocarse a asamblea general extraordinaria dentro de un plazo no mayor a 30 días, contados a partir de la fecha de deceso, para designar a la sustituta que terminará el período para el que fue electo la socia fallecida................................................. CLÁUSULA 46 – Las integrantes del Consejo de Administración y del Consejo de Vigilancia, podrán ser removidas por la Asamblea General, cuando falten al cumplimiento de sus obligaciones contenidas en estas bases........................................................................... CLÁUSULA 47 – Las integrantes del Consejo de Administración y el Consejo de Vigilancia que efectúen o permitan efectuar actos notoriamente contrarios a los intereses de la Cooperativa o infrinjan las disposiciones de la Ley, éstas bases, los reglamentos o acuerdos de la Asamblea General en perjuicio de la Cooperativa, responderán serán excluidos de la Sociedad Cooperativa, sin perjuicio de las sanciones legales a que se hagan acreedoras. La integrante del Consejo de Administración y el Consejo de Vigilancia que desee salvar su responsabilidad solicitará que se deje constancia en el acta respectiva, de su inconformidad con la operación u operaciones que pretendan llevar a cabo los referidos Consejos................. CLÁUSULA 48 - En el caso que al efectuarse la elección del Consejo de Administración se hubiere constituido una minoría que represente, por lo menos un tercio de la votación de los asistentes a la asamblea, los integrantes sustitutos del Consejo de Vigilancia serán designados por la minoría........................................................................................................... CLÁUSULA 49 - El Consejo de Vigilancia, ejercerá la supervisión de todas las actividades de la Cooperativa y tendrá el derecho de veto para el solo objeto de que el Consejo de Administración reconsidere las resoluciones vetadas. El derecho de veto deberá de ejercitarse en forma verbal e implementarse inmediatamente por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la resolución de que se trate. Si fuere necesario, en los términos de la Ley y el reglamento interno, se convocará dentro de los treinta días siguientes, a una asamblea general extraordinaria para que se aboque a resolver el conflicto........................................................................................................................................ CAPITULO VI.- DE LOS RENDIMIENTOS................................................................................. CLÁUSULA 50 - La Asamblea General fijará o separará de los excedentes los porcentajes de los fondos establecidos en esta escritura en la cláusula 28, mismos que serán aplicados al cierre de cada ejercicio social.................................................................................................. CLÁUSULA 51 – Si bien se pretende que las socias perciban ingresos más como productoras que como propietarias y de la Sociedad Cooperativa, en su caso los excedentes que reporten los balances anuales, se aportarán a los Fondos Sociales o se invertirán en acciones que fortalezcan la capacidad competitiva de la Cooperativa o que incrementen el bienestar familiar de las socias, en las proporciones y prioridades que determine la Asamblea..................................................................................................................................... CAPITULO VII.-DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD............................ CLÁUSULA 52 - La Cooperativa se disolverá por cualquiera de las causas que se enumeran en el artículo 66 de la Ley............................................................................................. CLÁUSULA 53 - Disuelta la Sociedad, se pondrá en liquidación en los términos de los artículos 69 al 71 de la Ley................................................................................. DISPOSICIONES GENERALES................................................................................................. CLÁUSULA 54 - La Cooperativa se regirá por la Ley General de Sociedades Cooperativas por lo establecido en las Leyes supletorias aplicables en la materia……………………………... CLÁUSULA 55 - Para reunir el capital social con que la Sociedad deberá iniciar sus operaciones, cada socia aporta $100.00 (Cien pesos 00/100 M.N.) y suscribe el 10 % en efectivo en éste acto, cantidad que será depositada en la caja de la Cooperativa, y el 90% restante lo hará en el transcurso de un año. ……………………………………………………… CLÁUSULA 60 - Conscientes de los términos establecidos en la presente Acta Constitutiva de la misma Sociedad Cooperativa denominada_____________ _____________________ , S. C. de R. L. de C. V., firman:................
No. NOMBRE FIRMA